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Junior
aleprincess
Mensajes: 56
Registrado: ‎04-03-2006

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

Gracias nuevamente Condia,

No es interes personal, pero he visto como en algunas partes del foro animan a que otros que están en proceso de Asilo o que ya obtuvieron la residencia por este medio a que regresen al pais del cual huyeron, entonces me encantaría, si tu sabes en donde se puede encontrar la ley acerca de esto, pues es mejor que la gente no haga tonterias con esto, pues porque algunos hayan tenido éxito yendo y viniendo siendo asilados, no quiere decir que todos corran con la misma suerte.

Aleprincess 

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condia1
Mensajes: 1,023
Registrado: ‎10-28-2005

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

aleprincess,

La parte de la Ley de Inmigracion, que rige el Asilo es la Section 208 de INA, y tambien la 8 U.S.C. 1158. Hay podran encontrar los detalles que rodean esta Ley.

Si deseas saber mas sobre TEMAS DE INMIGRACION, CLICK AQUI.

Miembro
johnd34
Mensajes: 2
Registrado: ‎12-23-2002

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

Que se vayan los ilegales !
 
Ellos son criminales porque entraron en el pais sin permiso
 
Alpha 66
Miembro
johnd34
Mensajes: 2
Registrado: ‎12-23-2002

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

Que se vayan los ilegales !
 
Ellos son criminales porque entraron en el pais sin permiso
 
- Alpha 66
Papel
condia1
Mensajes: 1,023
Registrado: ‎10-28-2005

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

 
Acero
thecutnpasteexpert
Mensajes: 2,993
Registrado: ‎04-05-2006

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

:cara_yes:

Escrito por condia1:



Junior
deportado68
Mensajes: 109
Registrado: ‎01-10-2006

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

Bueno Condia, Tu no mas hablas de los que son hallados convictos o con sentencias de 1 year or more , pero que hay de los que no tuvieron conviccion y los culparon por cualquier delito y estuvieron tan solo horas en la carcel ??? Por lo que yo se si tienes en tu record criminal arrestos tan solo pides un sponge y te lo borran todo de todo y queda como un seal !!!!! Te lo dijo esto porque a una prima que es ilegal la arrestaron por(  Battery and assault)  y se declaro (Play no Contest) !!! Estuvo tan solo 2 semana en la carcel !!! Ahora esta aplicando para asilo y cuando fue a migracion le dijeron que tenia en su record criminal un caso cerrado de :Battery and Assault y que por favor lo haga Sponge !!!! Entonces no entiendo lo que tu quieres decir ????   Conviccion es igual que no conviccion para inmigracion ???

Por favor sirvete responderme,                                         Gracias                           Sergio E.

Junior
kikis2006
Mensajes: 55
Registrado: ‎01-24-2006

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

Buen dia Condia1. ojala me pueda ayudar sabe hoy fuimos a harlingen a la cita para la residencia de mi esposo y mi hijo y a mi nino de 5 anos fue aprovada pero la de mi esposo le dijeron que quedaba pendiente porque el FBI aun le faltaba 1 reporte ,que tenian que checar bien ya que habia muchos carlos  moral y que tenian que checar pero la preocupacion es la ajente  de migracion dijo que puede pasar 1 mes 6 mesea hasta 1 ano o mas que tiene un caso pendiente de un senor que se llama juan garcia  que ya tiene mas de 2 anos en investigacion, porfavor si sabe algo al respecto sobre esto le agradecere su valiosa ayuda,mi esposo no tiene ningun antecedente penal malo ni deportaciones ni nada.

gracias

Junior
centella123
Mensajes: 187
Registrado: ‎03-27-2006

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

:cara_gritos:
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condia1
Mensajes: 1,023
Registrado: ‎10-28-2005

Re: DELITOS MENORES E INMIGRACION

deportado68,

A partir del 30 de Septiembre del 1996 y con el paso de la ley Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsiblity Act of 1996, Pub. L. No. 104-208, 110 Stat. 3009 ("IIRAIRA") los derechos fueron reducidos para los extranjeros que viven en los Estados Unidos y que han cometido delitos criminales en el pasado.

Lo que antes era un crimen que no tenia consecuencias migratorias ahora puede provocar que se le inicien tramites de Deportación.

Muchos Residentes Permanentes han sido afectados y el Departamento de Seguridad Nacional esta agresivamente haciendo que se cumplan las Deportaciones de estos extranjeros.

A pesar de la existencia de condenas criminales, ciertos extranjeros son elegibles para perdones discrecionales en tramites de deportación/expulsión ante un juez de inmigración.

Estas Audiencias son ante un Juez de Inmigración y ante un Fiscal que representa al Departamento de Seguridad Nacional.

El resultado de la Audiencia determina si el extranjero puedo o no permanecer en los Estados Unidos.

Se represta a los Residentes Permanentes en las solicitudes discrecionales de:

212(c), Cancelación de Expulsión, perdones 212(h) en conexion con solicitudes para admisión a los Estados Unidos, para personas condenadas de las siguientes ofensas:

1.- Crímenes de Violencia
2.- Violencia Domestica
3.- Ofensas de Drogas
4.- Ofensas de Torpeza Moral
5.- Ofensas de Armas de Fuego
6.- Crímenes sobre Propiedad
7.- Ofensas de Robo

Por lo poco que dices, TU prima SI fue condenada. TE EXPLICO:

Un  "no contest plea" o "ninguna competencia", no es una admision de culpabilidad PERO significa que el "defendant" o "demandado" no va a pelear los cargos.

CUANDO esto sucede y luego de archivar el "no contest plea", generalmente y como rutina, las Cortes Penales declaran "guilty" o "culpable", al acusado.

Hay algunas diferencias entre "no contest" o si se desea ser mas lawyerly, el "nolo contendere" y el "guilty".

Para comenzar, es importante entender los requisitos para una súplica de culpa o guilty plea.

Una Corte no acepta, asi porque si una súplica de culpa de un demandado; el Juez debe estar convencido de que la súplica tiene una base efectiva.

Generalmente, esto significa que cuando se incorpora una súplica de culpa, el Estado debe proporcionar un resumen de su caso, diciendole al juez en esencia, "nos hizo venir a Juicio, el Estado ofrecera las evidencias siguientes."

Además, al demandado se le requiere a menudo admitir, en sus propias palabras, exactamente qué él lo hizo. Esto se llama allocution, y es parte de la base efectiva que necesita el Juez para aceptar la súplica.

Además, el Juez debe entrar con el demandado en un coloquio, una discusión corta para asegurarse de que el acusado entiende los efectos de su súplica y de los derechos a los cuales él está renunciando.

Inversamente, el Juez no puede aceptar una súplica de culpa si al mismo tiempo usted está proclamando firmemente su inocencia.

Todo viene del antiguo English common law, el acusado podía pedir la misericordia de la Corte sin realmente admitir la culpabilidad.

El antepasado de la súplica de hoy del nolo contendere plea, era un compromiso.  Se permitia que un acusado dijera, "aunque niego el haber cometido los actos de los cuales se me acusa, yo no deseo disputarlos en Juicio."

La Corte no tiene que aceptar la súplica. En casos en donde el Estado es llamado a interrogatorio, la Corte puede insistir en una admisión de culpabilidad inequívoca.

Un no-contest plea tiene ventajas para la Corte y para el demandado. Para la Corte, ofrece una resolución rápida del caso.

Para el criminal defendant, abogar por no contest le permite negar el acto en caso de que haya luego un proceso civil. El acusado puede encontrar esto útil cuando las penas criminales son ligeras en comparacion al costo de un juicio, pero las penas civiles potenciales son grandes.

Las reglas para estas súplicas varían algo en los cincuenta estados y especialmente en el Federal Criminal Practic.

En algunos casos es posible incorporar una súplica de plea of no contest mientras que activamente se proclama la inocencia.

Aprendemos esto de un caso que implico a Alford, acusado de asesinato en primer-grado en Carolina del Norte en 1963. Mientras que proclamaba su inocencia, Alford pleaded guilty  para conseguir una sentencia reducida a asesinato en segundo grado y asi evitar la pena de muerte.

Más tarde, ÉL quiso vacate his plea, alegando que fue forzado por el miedo a la pena de muerte.

La Corte Suprema oyó en última instancia el caso y decidío que un demandado puede en sus mejores intereses declararse culpable, con tal de conseguir un cargo menor, mientras mantiene su inocencia, y que esto no hace su súplica forzada.

Hay diferencias entre las súplicas basadas en ese caso ("súplicas de Alford") y las tradicionales nolo contendere pleas.

La tradicional nolo contendere pleas es una negación en admitir la culpabilidad.

Una súplica de Alford afirma activamente la inocencia.

Ambas son aceptadas a discreción de la Corte, y no pueden ser utilizadas contra el demandado en una acción civil, pero SI en una Accion de INmigracion. En nuestra Oficina, recomendamos el nolo contendere plea en casos especiales y  solamente cuando las circunstancias del caso son correctas.

Con RESPECTO al Immigration and Naturalization Act, este establece que cualquier extranjero quien sea convicto de una felonia es deportable.

Desde el punto de vista de inmigracion, el R.C. 2943.031(D), ha considerado que en los casos donde se acepte un guilty o un no-contest plea, debido a las immigration consequences severas y en los casos donde un extranjero es acusado de una felonia, este debe comparecer frente a un Juez, para que este pueda personalmente preguntarle al defendant como se declara. En palabras especificas de la ley: "Prevenir al prospecto de una Deportacion o Exclusion o de una negacion de la Naturalizacion".

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